28 de mayo de 2013

La iniciativa pertenece a la titular de la Comisión de Salud de la Cámara baja y establece un marco legal específico para las parteras que en la actualidad es inexistente en el país


Respaldo del INADI a un proyecto de obstetricia
La iniciativa pertenece a la titular de la Comisión de Salud de la Cámara baja y establece un marco legal específico para las parteras que en la actualidad es inexistente en el país

El Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) reconoció que el proyecto de ley de Regulación de la Actividad Profesional de Obstetricia de la diputada María Elena Chieno protege el pacto humanizado y se encuadra dentro de la Ley 23.592 y las normas concordantes y complementarias.
El dictamen responde a una presentación de la Asociación Argentina de Parteras Independientes, que manifiesta que la actividad de las parteras ya está regulada por la Ley Nacional 17132/67, y que el proyecto de la diputada “prohibiría” el parto en el domicilio, siendo entonces contrario a la ley ya aprobada. Sin embargo, el proyecto de ley de la presidenta de la Comisión de Salud no entra en colisión con esta ley –tal cual reafirmó el INADI– sino que establece un marco legal específico para las parteras –inexistente en este país- y les asigna por ley diversas prerrogativas que forman parte de su profesión pero no están legalizadas, como ser la posibilidad de recetar medicamentos relacionados con la maternidad.
El INADI realizó un repaso de diversas leyes nacionales y tratados internacionales que atañen a la salud sexual y reproductiva, como ser la ley 25.929 del año 2004, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, y comunicaciones de Naciones Unidas derivados del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer o la Relatora de las Naciones Unidas sobre Derechos Culturales.
También se refiere a la Salud Sexual y Reproductiva en relación a los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), que desde el año 2000 han recibido mucho compromiso de parte de la Comunidad Internacional. Entre estos objetivos se destacan el de reducir la mortalidad y morbilidad de madres, recién nacidos y niños (ODM Nº 4 y 5), temáticas que como médica, Presidenta de la Comisión de Acción Social y Salud Pública e integrante del Grupo Parlamentario Interamericano (GPI) la Dra. Chieno ha estudiado y expuesto en numerosas oportunidades.
Respecto al parto en domicilio, y al igual que la diputada, el INADI retoma informes de la Organización Panamericana de la Salud y de la Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS) que señalan que las tasas de mortalidad neonatal son más altas en países donde los partos ocurren en el hogar, y cita a los países en los que se realizan la mayor parte de estos nacimientos: Haití (77%), Guatemala (60%), Honduras (44%), Bolivia (40%) y Nicaragua (33%). También se refieren a los “Cuidados Obstétricos y Neonatales Esenciales” (CONE), que María Elena Chieno utiliza para fundamentar su proyecto, y que amplían el modelo de atención que debe recibir un embarazo. Es necesario entonces contar con equipamiento para vigilar la temperatura corporal del recién nacido, la posibilidad de asfixia, antibióticos para la sepsis neonatal, sangre segura, entre otros.
Continúa el INADI argumentando que, en Argentina, el pacto humanizado es aquel “en el que se respeta a los protagonistas y se los acompaña en la toma de decisiones seguras e informadas” (ley 25.929), lo cual este organismo entiende que no significa parto domiciliario. También agrega que el parto domiciliario no tiene consenso en el mundo cientifico

Fuente: Prensa Municipal

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