25 de julio de 2012

Se prohíbe cobrar costos adicionales en tarjetas telefónicas o cargas virtuales

Recargo ilegal

Se prohíbe cobrar costos adicionales en tarjetas telefónicas o cargas virtuales

El intendente de Monte Caseros, Eduardo Galantini, promulgó la ordenanza Nº 2208/12 que prohíbe en el ámbito del Municipio todo costo adicional que no figure en el producto que se pretenda cobrar en la venta de tarjetas telefónicas y cargas virtuales, cualquiera sea el monto de las mismas.

Este proyecto fue enviado por el Ejecutivo Municipal al Concejo que lo aprobó recientemente en la sesión del considerando que se debe prevenir todo tipo de abuso comercial que perjudique a los usuarios.

Esta iniciativa surge a raíz de los distintos reclamos de la ciudadanía, y se tomó conocimiento que los comercios habilitados para comercializar tarjetas de carga telefónica le adicionan al precio estipulado y oficial de las mismas un “recargo” que va desde los $ 0.50 hasta los $ 2.00, monto que incide en algunos casos hasta en un 10 % del valor de la misma; “recargo” es ilegal y arbitrario.

Los comercios deberán exhibir el texto de la presente Ordenanza. EL incumplimiento será pasible de las sanciones que estipula la Ley 24.240 y sus modificatorias y/o las normas municipales. Los procedimientos tramitarán por las normas municipales y subsidiariamente por las normas anteriormente citadas.

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