El
Juzgado Civil, Comercial y Laboral a cargo del Dr. JULIO OSVALDO ZAMUDIO– Juez
– ubicado en la intersección de calles
Vicente Mendieta y Pellegrini de la ciudad de Monte Caseros, Provincia de
Corrientes, correo electrónico jcivcomlabmcaseros@juscorrientes.gov.ar,
teléfono (03775) 427903, en las
actuaciones “BERTOLANI ELIO OSCAR Y ARAUJO FLORENTINA ISABEL S/ SUCESORIOS”,
Expte Nº MXP 15579/26, cita y emplaza a herederos, legatarios, albaceas,
acreedores y a todos los que se consideren con derechos sobre los bienes de la
herencia de los Sres. ELIO OSCAR BERTOLANI, DNI
N°1.726.383 y FLORENTINA ISABEL ARAUJO, D.N.I Nº 4.805.136, para que dentro del
plazo de treinta (30) días, se presenten y acrediten en el proceso sucesorio
declarado abierto con el título que invocan, en la causa: “BERTOLANI ELIO OSCAR
Y ARAUJO FLORENTINA ISABEL S/SUCESORIOS”, Expte Nº MXP 15579/26, en trámite por
ante el Juzgado antes mencionado. Así se ha dispuesto en la Providencia N°
3098.- Monte Caseros, 29 de junio de 2026, la cual en su parte pertinente,
dice: “(…) Estando debidamente
acreditados los fallecimientos de don ELIO
OSCAR BERTOLANI, M.I Nº 1.726.383 y de doña ARAUJO FLORENTINA ISABEL, M.
I. Nº 4.805.136; resultar el Juzgado competente para entender en el proceso, y
en mérito de la constancia de defunción acompañada, declárase abierto el juicio
sucesorio ab -intestato. Publíquense los edictos pertinentes, conforme art. 660
del C.P.C. y C., citándose a todos los herederos, legatarios, albacea,
acreedores del causante y a todos los que se consideren con derecho a los
bienes de la herencia por edicto que se publicará por un (1) día en el Boletín
Oficial y por tres (3) días en un diario de amplia circulación en el lugar del
proceso, para que comparezcan dentro de los treinta (30) días, contados desde
la última publicación. Se les hará saber que para comparecer al proceso deberán
acreditar el título que invocan. Notif.- Fdo. Dr. Julio Osvaldo Zamudio,
Juez de Primera Instancia a cargo del Juzgado Civil, Comercial y Laboral de
Monte Caseros, Ctes.-
No hay comentarios:
Publicar un comentario